Escucha el capítulo completo: 🔊Volver al libro Números
Capítulo Anterior|Capítulo SiguienteLee el Capítulo 35 de Números y pulsa sobre cada versículo para ver su explicación.
Lectura y Explicación del Capítulo 35 de Números:
1 Habló Jehová a Moisés en los campos de Moab, junto al Jordán, frente a Jericó, y le dijo:
2 Manda a los hijos de Israel que den a los levitas, de la heredad que les pertenece, ciudades en que habiten; también daréis a los levitas los ejidos que están alrededor de esas ciudades.
3 Ellos tendrán ciudades donde habitar, y sus ejidos serán para sus animales, su ganado y todas sus bestias.
4 Los ejidos de las ciudades que daréis a los levitas se extenderán mil codos a su alrededor, desde el muro de la ciudad hacia afuera.
5 Luego mediréis, fuera de la ciudad, dos mil codos hacia el lado del oriente, dos mil codos hacia el lado del sur, dos mil codos hacia el lado del occidente y dos mil codos hacia el lado del norte, y la ciudad quedará en el medio. Estos serán los ejidos de las ciudades.
6 De las ciudades que daréis a los levitas, seis de ellas serán de refugio, las cuales daréis para que el homicida se refugie allá. Además de estas, daréis cuarenta y dos ciudades.
7 Todas las ciudades que daréis a los levitas serán cuarenta y ocho ciudades con sus ejidos.
8 Y en cuanto a las ciudades que deis de la heredad de los hijos de Israel, del que tiene mucho tomaréis mucho y del que tiene poco tomaréis poco. Cada uno dará de sus ciudades a los levitas según la posesión que heredará».
9 Habló Jehová a Moisés y le dijo:
10 Habla a los hijos de Israel y diles: Cuando hayáis pasado al otro lado del Jordán hacia la tierra de Canaán,
11 señalaréis ciudades, ciudades que os sirvan de refugio, donde huya el homicida que hiera a alguien de muerte, sin intención.
12 Esas ciudades serán para refugiarse del vengador, y así no morirá el homicida antes de haber comparecido a juicio delante de la congregación.
13 De las ciudades, pues, que daréis, tendréis seis ciudades de refugio.
14 Tres ciudades daréis a este lado del Jordán, y tres ciudades daréis en la tierra de Canaán, las cuales serán ciudades de refugio.
15 Estas seis ciudades serán de refugio para los hijos de Israel, para el extranjero y el que habite entre ellos, para que huya allá cualquiera que hiera de muerte a otro sin intención.
16 Si con instrumento de hierro lo hiere y muere, homicida es: el homicida morirá.
17 Si lo hiere con una piedra que puede causar la muerte, y muere, homicida es: el homicida morirá.
18 Si lo hiere con un palo que puede causar la muerte, y muere, homicida es: el homicida morirá.
19 El vengador de la sangre dará muerte al homicida; cuando lo encuentre, lo matará.
20 Si por odio lo empujó, o lanzó sobre él alguna cosa intencionalmente, y muere;
21 o por enemistad lo hirió con sus manos, y murió, el que lo ha herido morirá: es un homicida. El vengador de la sangre matará al homicida cuando lo encuentre.
22 Pero si lo empujó casualmente y sin enemistad, o lanzó sobre él cualquier instrumento sin mala intención,
23 o bien, sin verlo, hizo caer sobre él alguna piedra capaz de matarlo, y muere, pero él no era su enemigo ni procuraba su mal,
24 entonces la congregación juzgará entre el que causó la muerte y el vengador de la sangre conforme a estas leyes,
25 y la congregación librará al homicida de manos del vengador de la sangre. La congregación lo hará volver a la ciudad de refugio en la que se había refugiado, y allí se quedará hasta que muera el Sumo sacerdote, el cual fue ungido con el aceite santo.
26 Pero si el homicida sale fuera de los límites de la ciudad de refugio en la que se asiló,
27 y el vengador de la sangre lo encuentra fuera del límite de la ciudad de su refugio, y el vengador de la sangre mata al homicida, no se le culpará por ello,
28 pues en su ciudad de refugio debería aquel habitar hasta la muerte del Sumo sacerdote. Después que haya muerto el Sumo sacerdote, el homicida volverá a la tierra de su posesión.
29 Estas cosas serán una norma de derecho para vosotros y vuestros descendientes en todos los lugares donde habitéis.
30 Cualquiera que dé muerte a alguien, según la declaración de los testigos morirá el homicida; pero un solo testigo no bastará para condenar a una persona a muerte.
31 No aceptaréis rescate por la vida del homicida, porque está condenado a muerte: indefectiblemente morirá.
32 Tampoco aceptaréis rescate por el que huyó a la ciudad de refugio, para que vuelva a vivir en su tierra antes que muera el Sumo sacerdote.
33 No contaminaréis la tierra donde viváis, porque esta sangre mancillará la tierra, y la tierra no puede ser purificada de la sangre derramada en ella si no es por la sangre del que la derramó.
34 No contaminéis la tierra donde habitáis, en medio de la cual yo habito, pues yo, Jehová, habito en medio de los hijos de Israel».
Capítulo Anterior|Capítulo Siguiente
Estudio y Comentario Bíblico de Números 35